Iniciando la temporada de caza deportiva 2008

La Dirección de Fauna Silvestre del Ministerio de Producción confirmó a fines de abril que desde el 1º de mayo hasta el 31 de julio se extenderá la temporada 2008 de caza deportiva en la provincia de Río Negro. Este año se vedó la captura de cauquenes o abutardas de Argentina dada la importante declinación poblacional de estas especies.

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En la temporada 2008 las especies autorizadas para la caza menor, con un límite de 10 piezas diarias por cazador, son la perdiz chica (Notura maculosa), la martineta (Eudromia elegans) y la Liebre europea (Lepus europaeus).

Sin límites en la cantidad habilitada de ejemplares, por tratarse de especies exóticas introducidas en Patagonia que requieren ser controladas, se podrán cazar la codorniz o perdiz californiana (Laphortyx spp), el conejo silvestre (Oryctolagus cuniculus) y el visón silvestre (Mustela vison).

Cabe señalar que durante todo el año se puede cazar, con un limite diario de 10 piezas, la paloma Torcaza (Zenaida auriculata) y la Vizcacha (Lagostomus maximus).

Veda

En tanto, atendiendo a la preocupante situación de las especies de cauquenes o abutardas de Argentina (género Chloëphaga spp), se decidió a pedido de la Secretaría de Ambiente de la Nación, la veda en la caza de estas especies.

En este marco, se realizaron conjuntamente entre la Dirección Nacional de Fauna Silvestre, el Ministerio de Asuntos Agrarios de Buenos Aires, el CONICET, Universidad Nacional del Sur, Grupo Gekko, Wetlands International y Aves Argentinas distintos estudios científicos y censos durante el 2007, que arrojaron como resultado una importante declinación poblacional de todas las especies de cauquenes.

“Es imprescindible frenar en su totalidad la caza de cauquenes en Río Negro para ayudar a la recuperación de la población patagónica”, indicó el director de Fauna Silvestre, Mauricio Faillá, al fundamentar la veda.

Río Negro
representa un importante sitio de migración de los caquenes que viajan cada otoño e invierno desde la Patagonia Austral hasta el sudeste de Buenos Aires, utilizando los pastizales como paradas de alimentación indispensables para su migración anual.

Habilitación de caza mayor

En cuanto a la caza deportiva mayor, se podrá cazar durante todo el año, sin límites en las piezas por cazador, el Jabalí (Sus scrofa) y el Ciervo colorado (Cervus elaphus), por tratarse tambien de especies exoticas e invasoras que muchas veces perjudican a la agricultura y la ganadería.

Por su parte, el Puma o león americano (Puma concolor) podrá se cazado también durante todo el año pero con la restricción de que cada cazador podrá obtener durante este período sólo dos piezas de este ejemplar.

Es importante rescatar que no tendrán límites de piezas la caza del puma cuando se trate del control que realizan los ganaderos con problemas de predación provocada por especie, sin requerisrse en ese caso ninguna autorización previa como lo estipula la Ley de control de especies perjudiciales para la ganaderia N° 763 que administra la Dirección de Ganaderia de Río Negro.

Caza mayor con perros

A pedido de distintos clubes de caza provinciales, la Dirección de Fauna Silvestre reglamentó el uso de perros en la caza mayor aumentando el cupo de estos animales a 6 por cazador desde el año 2007.

Esta reglamentación también establece que los perros deberán ser trasladados hasta el lugar de caza atados con correas y bozal y será obligatorio que cuenten con un certificado sanitario y un collar identificatorio. Por su parte, el cazador tendrá que poseer autorización por escrito del propietario del campo en la cual especifique su autorización para la cazar con perros. Estas medidas tienden a favorecer que esta modalidad de caza no afecte normas basicas de seguridad tanto para los cazadores como para sus perros.

“Esta nueva disposición responde a que hemos recibido en temporadas anteriores denuncias de productores rurales ya que los perros utilizados por los cazadores suelen no respetan los límites de los campos y violan así propiedad privada, incluso atacan al ganado doméstico”, explicó el director de Fauna.

Permisos de caza

Para practicar este deporte el cazador deberá poseer la correspondiente licencia y permiso de caza expendido por la Dirección de Fauna Silvestre, la autorización por escrito del propietario u ocupante legal del predio donde se cazará y tener la documentación actualizada para la tenencia y transporte de las armas de fuego.

El costo de la licencia anual es de 30 pesos para los cazadores nacionales, 100 para los extranjeros y sin costo para los jubilados con haberes mínimos. La misma se podrá tramitar en todas las Delegaciones del Ministerio de Producción en el horario de 8 a 13 horas:

* Viedma: Belgrano 544 9º Piso
* Río Colorado: Moreno 695
* General Conesa: San Martín 447
* Luis Beltrán: López y Planes 407
* Villa Regina: Beltrán 218
* General Roca: Maipú 1471
* Cipolletti: 9 de Julio 472
* Bariloche: Pasaje Gutiérrez 983
* Ingeniero Jacobacci: M. Coronado 958

Fuente: adnrionegro.com.ar

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